GLOSARIO
Aquí encuentra los principales términos junto con sus definiciones de las palabras y conceptos contínuamente utilizados durante el desarrollo de las actividades propuestas en el presente curso.
Como parte de las actividades evaluativas se le invita a cada estudiante para visitar el glosario y comentar, al menos una (1) vez, alguna entrada del diccionario. También puede editar una entrada existente si considera que su aporte la puede mejorar o puede crear una nueva entrada si cree que falta algún término importante y afín con el tema estudiado.
Anímese que todos estamos aprendiendo, con usted.
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Mantenimiento preventivoEstá determinado por aquellas tareas que se tienen programadas por realizar de acuerdo a las recomendaciones del fabricante que permiten alargar la vida útil de los vehículos. | ||
MAQUINARIAS RODANTES DE CONSTRUCCIÓN O MINERÍADe acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo automotor destinado exclusivamente a obras industriales, incluidas las de minería, construcción y conservación de obras, que por sus características técnicas y físicas no pueden transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público. | ||
Marcas vialesElemento señalizador colocado o pintado sobre el pavimento o en elementos adyacentes al mismo, consistentes en líneas, dibujos, colores, palabras o símbolos; para indicar, advertir o guiar el tránsito. | ||
MARCAS VIALES | ||
MATRÍCULADe acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Procedimiento destinado a registro inicial de un vehículo automotor ante un organismo de transito en ellas se consignan las características, tanto internas como externas del vehículo, así como los datos e identificación del propietario. | ||
MICROBUSDe acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo destinado al transporte de personas con capacidad de 10 a 19 pasajeros. | ||
MODELO DEL VEHÍCULODe acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Referencia o código que asigna la fabrica o ensambladora a una determinada serie de vehículos. | ||
MOTOCARRODe acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo automotor de tres ruedas con estabilidad propia con componentes mecánicos de motocicleta , para el transporte de personas o mercancías con capacidad útil hasta 770 kilogramos. | ||
MOTOCICLETADe acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo automotor de dos ruedas en línea, con capacidad para el conductor y un acompañante. | ||
MOTOTRICICLODe acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo automotor de tres ruedas con estabilidad propia y capacidad para el conductor y un acompañante de tipo Sidecar o recreativo. | ||
Movilidad seguraSe refiere a la disminución de los índices de siniestralidad vial, que producen los hechos de tránsito, fomentando un cambio de actitud en el uso y diseño de la infraestructura vial por parte de los usuarios. | ||
MULTA | ||
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